Subvención transporte de viajeros y mercancías por carretera
Abierto el plazo hasta el 30 junio de 2024
El CADE de Álora en colaboración con el Ayuntamiento:

INFORMA:

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda publica la Orden de 1 de agosto de 2023, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones de concesión directa, para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Beneficiarios: se consideran personas o entidades beneficiarias de las ayudas, tanto las personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de pyme de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, como las personas físicas, cuando, en ambos casos, cumplan alguna de las siguientes condiciones: 

a) Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas: 

- Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE. 

- Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.

- Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE. 

- Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT. 

b) A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) del presente apartado. 

c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/ descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.

Actuaciones subvencionables.

Deberán cumplir los requisitos que se establecen para cada una de ellas en las bases reguladoras, conforme al artículo 19 del Real Decreto

902/2022, de 25 de octubre, y su Anexo I:

a) Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.

b) Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.

c) Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.

d) Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.

e) Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.

f) Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.

g) Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de personas viajeras.

h) Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.

i) Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.


Importe: Las ayudas dependerán de la inclusión en su correspondiente categoría, oscilará entre los 600 y 13000 €.

Plazo: hasta el día 30 de junio de 2024 incluido.

 
 
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