Subvención a la implantación de las Nuevas Tecnologías en sector comercial
El plazo finaliza el 1 de marzo

El CADE, en colaboración con el Ayuntamiento de Álora, informa:

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo publica la Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.

 Beneficiarios:

a) Las pymes del sector del comercio, que podrán solicitar las actuaciones de la Línea 1. Cuya actividad principal de la empresa esté encuadrada en el ámbito del comercio dentro de alguno de los códigos del CNAE o epígrafes del IAE relacionados en el Anexo I de las bases reguladoras. Se considerará actividad principal aquella que genere la mayor parte del volumen de negocio.

b) Las asociaciones, federaciones y confederaciones sin ánimo de lucro del sector comercial, que podrán solicitar las actuaciones de la línea 2.

 Objeto

El objeto de estas ayudas es la promoción la actualización y el impulso del sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías. Para alcanzar el objeto se aprueban dos líneas de subvenciones: 

a) La línea 1 dirigida a pymes del sector comercial. 

b) La línea 2 dirigida a asociaciones de comerciantes.

 Cuantía

La intensidad de la ayuda alcanza el 100% del presupuesto aceptado, IVA excluido. La inversión mínima a realizar para que el proyecto se considere subvencionable asciende a 5.000 € (IVA excluido).

 Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones finalizará el 1 de marzo de 2023. 

Conceptos subvencionables para las pymes comerciales

a) Proyectos de nuevas tecnologías dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.

b) Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta dirigidos tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión, que pueden incluir una o varias de las siguientes actuaciones: 

c) Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular, tales como:  

d) Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas que permitan a los establecimientos comerciales mejorar la eficiencia en el consumo energético, que subvencionarán, entre otros, los tendentes a cumplir con la obligación de disponer de un sistema de puertas adecuado, siempre que entren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sean, por consiguiente, de obligado cumplimiento.

 Gastos subvencionables

1.º Los gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas y los gastos de proveedores para la implantación del resto de actuaciones subvencionables. 

2.º Los gastos de contratación de los servicios de proveedores web en el caso de implementar plataformas de tienda online de código abierto o plataformas «en la nube». 

3.º La consultoría para el análisis de estos procesos y definición de las estrategias digitales, la consultoría de implantación (adaptación de las herramientas a las necesidades de la pyme); la consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de cookies, normativa aplicable al comercio electrónico, en particular la relativa a la defensa de las personas consumidoras y usuarias y la normativa europea relativa a la aplicación de la Autenticación Reforzada de Cliente (SCA, por sus siglas en inglés) en los pagos electrónicos. También los gastos de consultoría relativos a la formación o entrenamiento del personal y la migración o carga de los datos significativos para que la página web sea operativa. 

4.º Los gastos de adquisición del equipamiento tecnológico e informático, del software y hardware directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones subvencionadas y la instalación y puesta en funcionamiento de los mismos. 

5.º Los gastos relacionados con la implantación de las actuaciones subvencionadas destinadas a la mejora de la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular.

6.º Los gastos derivados de la implantación de las soluciones tecnológicas para mejorar el consumo energético y de los recursos. 

7.º Cualquier otro gasto subvencionable directa y exclusivamente relacionado con la implantación de las actuaciones subvencionadas que cumpla con las prescripciones indicadas.

Más información en CADE ÁLORA

Centro de Formación y Empleo

Av. Pablo Picasso, s/n  1ª planta

29500 Álora (Málaga)

Teléf.: 671 536 853-4-6-8

Email: alora@andaluciaemprende.es


 
 
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